3/26/2007

Municipalidades De Centros Poblados: ¿Más Burocracia?



Por : Luís Luyo Sánchez

En los últimos ocho años las Municipalidades de Centros Poblados de la Provincia de Cañete han estado presentes en distintos debates, ganando espacios de manera acelerada, al punto tal que actualmente se discute si su funcionamiento creará más burocracia de la que existe en la Municipalidad delegante (Municipalidad a cuya jurisdicción pertenece).
Nosotros sostenemos que el funcionamiento de las Municipalidades de Centros Poblados de la Provincia de Cañete no crearán más burocracia; muy por el contrario, la delegación de servicios les permitirá asumir responsabilidades y los recursos recibidos complementar un mejor servicio con la participación activa de su población.
Por un lado, apoyamos nuestra afirmación, en la naturaleza jurídica de las Municipalidades de Centros Poblados, fundada en la necesidad de los servicios públicos locales y la poca posibilidad de atenderla, debidamente establecida en el numeral 3 del Artículo 129º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972. Del mismo modo, nos apoyamos, en el fin de los recursos económicos de las Municipalidades de Centros Poblados, destinadas al cumplimiento de la prestación de los servicios públicos, establecida en el artículo 133º de la Ley Orgánica referida.
De manera práctica: delegado el servicio de limpieza pública a una Municipalidad de Centro Poblado, le corresponderá a ésta Municipalidad la contratación del personal para realizar dicha limpieza. Al mismo tiempo, la Municipalidad delegante dejará de contratar al personal para realizar el servicio que delegó. En este sentido, no será necesario contratar dos veces a un personal para que realice una misma labor. Los recursos económicos entregados mensualmente por la Municipalidad delegante a la Municipalidad de Centro Poblado, será única y exclusivamente para el servicio de limpieza pública, por lo que no cabe la posibilidad que dicho recurso sea destinado para otros fines, ya que se ha establecido responsabilidad en los Alcaldes y Regidores de las Municipalidades de Centros Poblados la indebida utilización de los recursos transferidos.
De otro lado, nos apoyamos, en la naturaleza eminentemente administrativa de las Municipalidades de Centros Poblados que “…lleva implícita la noción de “autoadministración”, es decir, administración de sí mismo como cualidad derivada de la personalidad propia de todos los entes descentralizados.” (José Roberto Dromi, Derecho Administrativo Económico, tomo 1, segunda impresión, editorial Astrea, Buenos Aires 1983, pág 241).
Por lo que hay que dejar sentado que las Municipalidades de Centros Poblados son entes autárquicos, una especie de descentralización cuya finalidad, principios y objetivos de nivel administrativo están referidas al desarrollo integral asignando competencias que eviten la innecesaria duplicidad de funciones y recursos, establecidos en los artículos 3º, 4º, 5º y 6º de la Ley de Bases de la Descentralización - Ley 27783.
Esto permitirá, que los centros poblados crezcan encontrando permanentemente ideas novedosas e ingeniosas para administrar los servicios delegados y los recursos asignados.
Entonces, cuando los Centros Poblados de Cañete requieran su creación como Municipalidad de Centros Poblados o cuando las Municipalidades de Centros Poblados de Cañete soliciten la delegación de servicios públicos y recursos para sostener dichos servicios, no piensan en más burocracia, piensan en aprovechar más las bondades de la descentralización.

No hay comentarios.: