a) Acusar al juez de tener vinculación con una de las partes;
b) Decir que su defensa, el procurador ad hoc no estaba facultado para representarlo;
c) A la manera de Genaro Delgado Parker, llevar el pleito a tribunales fuera de la región;
d) Meter en el pleito a un tercero ¿la municipalidad de Huaura?
Sin mayores palabras reproducimos a continuación nota integra del diario norteño Enfoques para que usted mismo saque sus conclusiones (el resaltado es nuestro):
Juez que ve el pedido para que la sede del GRL se traslade a Cañete es conviviente de regidora cañetana
Jurista Tuesta Zuta señala que el magistrado debió inhibirse por decoro
"Fundadas dudas caen sobre el magistrado que tiene en sus manos la decisión sobre la acción de cumplimiento interpuesta por la Municipalidad Provincial de Cañete solicitando el traslado de la sede del GRL de Huacho a Cañete, al conocerse que el Juez Jacinto Cama Quispe, tiene vínculo familiar con Rosa Liliana Torres Castillo, regidora de la comuna cañetana.
Enfoques pudo tener acceso a unas fotografías en la que se aprecia a ambas autoridades en compañía de menores de edad, que hasta donde se conoce, son hijos de la pareja.
En la ficha de RENIEC de ambos, no es posible determinar si mantienen vínculo matrimonial, pero de lo consultado con ciudadanos cañetanos, es sabido, que son convivientes.
Enfoques no pretende urgar en la vida personal de nuestras autoridades, sino más bien poner en conocimiento la familiaridad de ambos, situación que pone en duda su imparcialidad sobre un delicado proceso judicial del cual forma parte la Municipalidad que accionó legalmente por encargo del Concejo Provincial que integra la regidora Torres y madre de los hijos del magistrado.
Situación que lleva a preguntarse si interpretará correctamente lo que dice la ley. No se trata de adelantar opinión, pero sí advertir de esta vinculación que a nuestro parecer, debió llevar a que el juez se inhiba del proceso, pues como lo hemos indicado, guarda relación con alguien con lazos familiares muy fuertes, situación que lo expone a la sospecha de su imparcial proceder.
Sospecha genera también el accionar del GRL cuyo procurador no solicitó la inhibición respectiva, pues de artículos periodísticos se rescata por ejemplo la asistencia del Presidente Regional y el Vicepresidente Custodio al sepelio del padre del magistrado, en donde se extendió el pésame a la familia de la cual forma parte la regidora. ¿Sabía o no el GRL del vínculo?.
HABLA EL JURISTA
El Dr. Víctor Tuesta, conocedor del debate sobre la sede del GRL, expresó su preocupación por el vínculo existente entre el juez que fallará sobre la Acción de Cumplimiento planteada por la Municipalidad Provincial de Cañete y la regidora Rosa Liliana Torres Castillo, quien forma parte de la entidad demandante, es decir, es una de las partes del proceso.
Para el ex Presidente de la Corte de Huaura, el juez Cama debió inhibirse por decoro. “Debió inhibirse pero tengo duda de que el juez vaya a declarar fundado el pedido, porque ante las lecturas contrapuestas del GRL, del Congreso y otros, el análisis de la norma merece un alcance interpretativo”.
Agrega además: “Aparte de la naturaleza conyugal o sentimental que pueda haber con esta dama, creo que es cuestión de competencia, pues los Distritos Judiciales de Cañete y Huaura, están impedidos de verlo, debe hacerlo un Distrito Judicial imparcial, Lima o el Cono Norte, por ejemplo”, señaló.
Cuestionó la falta de convocatoria del Presidente Regional a profesionales del Derecho de la Sociedad Civil para contribuir en este tema.
PROCURADOR AD HOC
Según se conoció, el Dr. Santiago Santa Cruz Huertas quien sustentó la defensa del GRL durante la audiencia en que se ventiló el pedido cañetano, labora para la entidad regional en condición de Procurador Ad Hoc, es decir que solo puede actuar en casos específicos, desconociéndose si fue facultado vía resolución como corresponde para que se encargue de este proceso.
De no contar con la asignación específica a este caso, su actuación en el proceso judicial, devendría en nula, considerándose como válida solamente la intervención de la defensa de los demandantes. Dejando enteramente al magistrado y conviviente de la regidora con una sola versión, quedando a los huachanos solo con la esperanza que el juez interprete correctamente la norma.
“Si el Presidente Regional ha delegado potestades jurídicas y judiciales al procurador Ad Hoc y si en esa potestad no está comprendida la defensa en el tema (sede regional), obviamente no tiene prerrogativa, ni capacidad para representar y por lo tanto no tiene capacidad para litigar y eso nos llevaría a una realidad que ojalá no sea, que el GRL no ha tenido defensa en este proceso”, opinó.
“Tenemos que actuar con más honestidad y menos soberbia, en todo momento hemos estado dispuestos a apoyar no a cambio de un salario, solamente buscando que a nuestro presidente le vaya bien”. Calificó de poco felices las declaraciones del Presidente Regional y otros líderes cuando dicen “paulatinamente vamos a hacer el traslado”.
UN TERCERO PODRÍA INTERVENIR
El jurista señala que está abierta la posibilidad de que cualquier ciudadano o institución pueda intervenir en el proceso mediante el ‘Litis Consorte’. Es decir, un tercero con legítimo interés moral y material, puede solicitar ser parte de un proceso.
Saludó el interés de la Municipalidad Provincial de Huaura, cuyos abogados se contactaron con nuestro entrevistado hace algunos días, consultándole sobre este proceso. "
"Fundadas dudas caen sobre el magistrado que tiene en sus manos la decisión sobre la acción de cumplimiento interpuesta por la Municipalidad Provincial de Cañete solicitando el traslado de la sede del GRL de Huacho a Cañete, al conocerse que el Juez Jacinto Cama Quispe, tiene vínculo familiar con Rosa Liliana Torres Castillo, regidora de la comuna cañetana.
Enfoques pudo tener acceso a unas fotografías en la que se aprecia a ambas autoridades en compañía de menores de edad, que hasta donde se conoce, son hijos de la pareja.
En la ficha de RENIEC de ambos, no es posible determinar si mantienen vínculo matrimonial, pero de lo consultado con ciudadanos cañetanos, es sabido, que son convivientes.
Enfoques no pretende urgar en la vida personal de nuestras autoridades, sino más bien poner en conocimiento la familiaridad de ambos, situación que pone en duda su imparcialidad sobre un delicado proceso judicial del cual forma parte la Municipalidad que accionó legalmente por encargo del Concejo Provincial que integra la regidora Torres y madre de los hijos del magistrado.
Situación que lleva a preguntarse si interpretará correctamente lo que dice la ley. No se trata de adelantar opinión, pero sí advertir de esta vinculación que a nuestro parecer, debió llevar a que el juez se inhiba del proceso, pues como lo hemos indicado, guarda relación con alguien con lazos familiares muy fuertes, situación que lo expone a la sospecha de su imparcial proceder.
Sospecha genera también el accionar del GRL cuyo procurador no solicitó la inhibición respectiva, pues de artículos periodísticos se rescata por ejemplo la asistencia del Presidente Regional y el Vicepresidente Custodio al sepelio del padre del magistrado, en donde se extendió el pésame a la familia de la cual forma parte la regidora. ¿Sabía o no el GRL del vínculo?.
HABLA EL JURISTA
El Dr. Víctor Tuesta, conocedor del debate sobre la sede del GRL, expresó su preocupación por el vínculo existente entre el juez que fallará sobre la Acción de Cumplimiento planteada por la Municipalidad Provincial de Cañete y la regidora Rosa Liliana Torres Castillo, quien forma parte de la entidad demandante, es decir, es una de las partes del proceso.
Para el ex Presidente de la Corte de Huaura, el juez Cama debió inhibirse por decoro. “Debió inhibirse pero tengo duda de que el juez vaya a declarar fundado el pedido, porque ante las lecturas contrapuestas del GRL, del Congreso y otros, el análisis de la norma merece un alcance interpretativo”.
Agrega además: “Aparte de la naturaleza conyugal o sentimental que pueda haber con esta dama, creo que es cuestión de competencia, pues los Distritos Judiciales de Cañete y Huaura, están impedidos de verlo, debe hacerlo un Distrito Judicial imparcial, Lima o el Cono Norte, por ejemplo”, señaló.
Cuestionó la falta de convocatoria del Presidente Regional a profesionales del Derecho de la Sociedad Civil para contribuir en este tema.
PROCURADOR AD HOC
Según se conoció, el Dr. Santiago Santa Cruz Huertas quien sustentó la defensa del GRL durante la audiencia en que se ventiló el pedido cañetano, labora para la entidad regional en condición de Procurador Ad Hoc, es decir que solo puede actuar en casos específicos, desconociéndose si fue facultado vía resolución como corresponde para que se encargue de este proceso.
De no contar con la asignación específica a este caso, su actuación en el proceso judicial, devendría en nula, considerándose como válida solamente la intervención de la defensa de los demandantes. Dejando enteramente al magistrado y conviviente de la regidora con una sola versión, quedando a los huachanos solo con la esperanza que el juez interprete correctamente la norma.
“Si el Presidente Regional ha delegado potestades jurídicas y judiciales al procurador Ad Hoc y si en esa potestad no está comprendida la defensa en el tema (sede regional), obviamente no tiene prerrogativa, ni capacidad para representar y por lo tanto no tiene capacidad para litigar y eso nos llevaría a una realidad que ojalá no sea, que el GRL no ha tenido defensa en este proceso”, opinó.
“Tenemos que actuar con más honestidad y menos soberbia, en todo momento hemos estado dispuestos a apoyar no a cambio de un salario, solamente buscando que a nuestro presidente le vaya bien”. Calificó de poco felices las declaraciones del Presidente Regional y otros líderes cuando dicen “paulatinamente vamos a hacer el traslado”.
UN TERCERO PODRÍA INTERVENIR
El jurista señala que está abierta la posibilidad de que cualquier ciudadano o institución pueda intervenir en el proceso mediante el ‘Litis Consorte’. Es decir, un tercero con legítimo interés moral y material, puede solicitar ser parte de un proceso.
Saludó el interés de la Municipalidad Provincial de Huaura, cuyos abogados se contactaron con nuestro entrevistado hace algunos días, consultándole sobre este proceso. "
PD: Entre nos existe un Judas.
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* LA REGION LIMA VERSUS CAÑETE: LA SEDE REGIONAL
CON PERMISO DE CAÑETE - HOY Y DE TODOS LOS CONCIUDADANOS CAÑETANOS.
ResponderBorrarHe realizado una recopilación para tener el CUENTA a UNOS de los nuchos impedimentos y dificultades que nos vamos a ENFRENTAR, en el camino de SER SEDE DE REGION.
Asi, hice constar el día 15 de mayo; QUE ESTOS GOLPES BAJOS, se tenía previsto y sólo acaba de empezar.
Hoy Y SIEMPRE los + más de 200 mil CAÑETANOS debemos enfrentarnos con EFICACIA, EFICIENCIA Y MUCHO VALOR para LUCHAR por el DERECHO QUE LA LEY # 27783, nos otorga; de QUE CAÑETE - ES - LA CAPITAL DE LA SEDE DE REGION LIMA - PROVINCIAS; que, no sólo será un HONOR Y ORGULLO serlo, sino la IMPORTANCIA VITAL, DE IMPULSAR la DESCENTRALIZACION Y UNA REAL POLITICA REGIONAL QUE PROPULSARÁ EL VERDADERO DESARROLLO SOCIO - ECONOMICO DE LAS PROVINCIAS DEL CENTRO Y SUR DE LA REGION.
NO ES BIEN CIERTO??; QUE YAUYOS, HUAROCHIRI, INCLUSO CANTA, ESTAN SUMIDOS EN EL ABANDONO DE POBREZA Y DE NEGATIVA INVERSION EN OBRAS PUBLICAS Y PRIVADAS??; Y DE
UNA VERDADERA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE LAS PERSONAS, FUNDANDOSE SOBRE LOS CONCEPTOS DE SOLIDARIDAD Y COHESION ECONOMICA. Verdad??. Pues, TODO pasa por DEFENDER NUESTRO DERECHO DE SER LA SEDE DE LA REGION.
!BASTA YA! DE ENGAÑOS Y DE PROMESAS INCUMPLIDAS; Sub-región, Unidad Ejecutora y otros tantos ETC., de burda MENTIRA.
La GRANDEZA DE CAÑETE debe empezar con la LIBERALIDAD de ser tomados como los marginados o cenicienta de la Región; y ésta LEY, nos faculta para ello; manteniendo nuestra sencillez y respeto; pero FIRMES, VALEROSOS Y DECIDIDOS EN NUESTRAS ACTITUDES, ESPECIALMENTE CUANDO LA RAZÓN Y EL DERECHO NOS AMPARA.
No importa que haya un Judas o "Jodas" - No hay pueblo que se precie de NO tenerlos - Jesús de Nazareth, también lo tuvo. Y TRIUNFÓ!!.
Los casi 20 mil Cañetanos que hay en el exterior; en especial los de Madrid y Barcelona; estamos seguros de que va a costar mucho esfuerzo, voluntad y sacrificio con esas MAGNIFICAS cuotas y el espíritu de LUCHA dejados por NUESTROS ANCESTROS llegará el TRIUNFO para CAÑETE Y CAÑETANOS.
Un abrazo y saludos Atte. Walter Fernando Mendoza Petrovich.
Madrid, 20 de mayo de 2009
ESTE ES EL CORREO ENVIADO HOY:
ResponderBorrardiarioenfoques@gmail.com
" Se ha habilitado la moderación de comentarios. El autor del blog debe aprobar todos los comentarios." Expresión literal del Diario Enfoques.
Me puede decir: DIARIO JUDICIAL DE LA REGION ENFOQUES, a que le llaman " Moderación" ??
1 .- Ajuste o disminución de lo que se considera excesivo.- < Nada es excesivo cuando son asuntos importantes que competen a ambas partes.>
2 .- Comedimiento o templanza en el comportamiento:
< Mi, moderación no puede ofender a nadie.>
Las restricciones no hacen ningún bién a la Libertad de Expresión y a la participación ciudadana; además deja mucho que desear a su Diario.
EN VISTA DE HABER INTENTADO POR 3 VECES CONSECUTIVAS EL ACCESO DE ESTE COMENTARIO EN SU DIARIO, ESPERANDO EN CADA UNA DE ELLAS MAS DE UNA HORA EN ESE INTENTO. NO PUEDO PERDER EL TIEMPO CUANDO HAY OTRAS COSAS IMPORTANTES TAMBIEN QUE CUMPLIR, CON CAÑETE Y CON EL PERU; ANTE ESTE IMPASE LE ENVIO ESTE EMAIL. DEL CUAL ESPERO SENTIRME SERVIDO.....PARA VOLVER PRONTO - s/su slogan.
DE : Walter Fernando Mendoza Petrovich Peruano y de CAÑETE, Integrante del Parlamento Virtual Peruano.
A : Diario Judicial REGIONAL Enfoques.
En virtud de la libertad de expresión, opinión, información y difusión sin limitación y responsabilidad por las opiniones vertidas; que nos asegura la Carta Magna. Y responsabilidad ética del Periodismo a la atención de la crítica constructiva y a la denuncias necesarias para fortalecer la Democracia.
Solicíto: Agradeciéndole de antemano, la insertación EN SU DIARIO, de comentario de éste servidor; sobre el asunto de CAPITAL SEDE REGIONAL; para ello voy a puntuarle lo siguiente:
1.- ES, él CIUDADANO CAÑETANO, Sr. D. Italo MALDONADO, quién DENUNCIA en la Corte Superior de Cañete; EXIGIENDO, EL CUMPLIMIENTO del art. 32 de la LEY # 27783, en función de materializar los resultados oficiales del INEI,respecto al Censo Nacional 2007.
2.- LA ALCALDÍA es el órgano ejecutivo del gobierno local. El alcalde es el representante LEGAL de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa.LEY # 27972 ARTÍCULO 6º. Por lo tanto; AUN DE OFICIO, ANTE EL INTERES DE LA PROVINCIA DE CAÑETE, del " cumplimiento" de Ley en mención; está en la OBLIGACION DE intervenir; dando EJECUCION a la SOBERANÍA del PUEBLO. No es necesario el consenso de regidores para ello; los REGIDORES NO TIENEN NINGUNA REPRESENTACION NI ACTIVA NI PASIVA EN LOS ESTAMENTOS JUDICIALES.
3.- CAÑETE Y LOS CAÑETANOS, tenemos previsto si hace falta; llegar al Congreso y/o Tribunal Constitucional para la ejecución de la Ley Nº 27783.
4.- Sin abdicar a los intereses que su periódico nos enfoca y de nuestros hermanos y compatriotas Huachanos; ruégole analizar BIEN el espitítu de la Ley de " DESCENTRALIZACION" en especial; al DESARROLLO EQUILIBRADO DE LAS PROVINCIAS Y A UNA REAL POLITICA REGIONAL. Enfoque también éste tema, como una manera IMPARCIAL DE HACER PERIODISMO Y DE CONSIDERAR LOS ASUNTOS Y PROBLEMAS DE LA REGION.
Si desea, puede incluir los comentarios que hice en el Blog de CAÑETE-HOY el día de Ayer.
Reciba un saludo cordial. Atte. Walter Fernando Mendoza Petrovich. Integrante del Parlamento Virtual Peruano.
,la REAL DESCENTRALIZACION Y EQUILIBRIO DE INFRAESTRUCTRAS Y DESARROLLO SOCIO ECONOMICO ESTARA EN CAÑETE!!
ResponderBorrarY desde CAÑETE!! para YAUYOS,CANTA,HUAROCHIRI como una verdadera POLITICA REGIONAL