10/19/2010

ALCALDE DE CAÑETE HABLA SOBRE FAENONES, CUESTIONA APRESURAMIENTO DE LA COMISION, NIEGA VETO A CAÑETE HOY Y MAS...PERO NOSOTROS TAMBIEN ACLARAMOS



Ahora nuestra aclaración.

1.- Las Comisiones de Procesos Administrativos Disciplinarios - CPAD son las instancias creadas según norma encargadas de sancionar las faltas de caracter discipinario por toda acción u omisión voluntaria o no que contravengan las obligaciones prohibiciones y demas normas específicas sobre los deberes y funciones establecidas en el Decreto Legislativo 276 y su reglamento.

2.- Las faltas y la gravedad de las mismas se tipifican por su naturaleza, el grado de quien las comete y por las circunstancias en las que se realizan.

3.- Sin embargo, tomando en cuenta el numeral precedente debe diferenciarse entre la CPAD permanente y la CPAD Especial, esta última creada para el procesamiento de los funcionarios que desempeñan Cargos de Confianza, como es el caso materia de investigación donde están comprendidos un ex Gerente General y hasta dos ex Gerentes de Administración (ambos cargos de confianza).

4.- Las CPAD especial por su propio caracter no es permanente y está conformada según lo dispuesto vía Decretos Supremos Nro. 069-2004-PCM y 015-2005-PCM por 3 funcionarios del Mismo Nivel que el procesado o en su defecto por aquellos del nivel inmediato inferior. Es decir si se abre proceso al Gerente General y a Gerentes de Administración, no habiendo un nivel superior, dado que el Alcalde no puede integrar toda vez que es quien ordena la apertura del proceso y sanciona finalmente, deberá ser integrada por ejemplo por el Gerente de Transporte, Servicios Públicos, Desarrollo Social, Obras, entre otros. La Jefatura de Personal así lo ordenara el presidente de la República nunca hubiese conformado esa CPAD especial.

5.- Finalmente, la Jefatura de Personal es un órgano de tercer nivel por lo que su participación se da sólo en la CPAD permanente que procesa a servidores bajo su nivel (jefes de oficina y servidores), sobre los cuales de manera alguna opinariamos o sacariamos a luz en el conocimiento de los límites de nuestras atribuciones.

JOSE LOPEZ CHUMPITAZ

3 comentarios:

  1. De: Porteria ARGANDA 1
    Para: emdelacruz@djmail.mpfn.gob.pe
    Dpto. de SUGERENCIAS DEL MINISTERIO PUBLICO - Distrito Judicial de Cañete.

    Cc: pvp@congreso.gob.pe, fcarpio@congreso.gob.pe, fserna@congreso.gob.pe, malegria@congreso.gob.pe, mmoyano@congreso.gob.pe, jbrignole@gmail.com, joselopezcubillas@hotmail.com, canhetehoy@hotmail.com, editorweb@comercio.com.pe, walfer@adondemail.com, elarquim@hotmail.com
    Recibido el: Hoy 8:18 a.m.
    Asunto: PETICION DE TRAMITE DE SUMILLA DE LA DENUNCIA PENAL A LA FISCALIA
    Más...


    http://canetehoy.blogspot.com/2010/10/denuncia-penal-contra-ex-funcionario-de.html

    Antes que una sugerencia, consideramos una PETICIÓN:

    Estos últimos días Cañete, y los Cañetanos que residimos en el exterior nos hemos visto sorprendido por la denuncia, ante la Fiscalía Provincial Penal de esa Provincia, desde el seno del MUNICIPIO PROVINCIAL DE CAÑETE, que antes eran solo rumores; ante estos presuntos hechos, ROGAMOS a su despacho de sugerencias - Al no tener el rubro informático de Información Pública que establece la Ley - LEY Nº 27806.- Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública - LO SIGUIENTE:

    1 .- Fecha de ingreso de la SUMILLA, de la DENUNCIA a que hace referencia el vinculo web anotado líneas arriba

    2.- Nº. de Expediente que se le ha asignado y a cargo de que Fiscalía - 1ª ó 2ª - ha recaído esta DENUNCIA.

    3.- Rogamos, se tenga en cuenta en sus investigaciones El Pronunciamiento de SITRAMUN http://puntodeencuentrocanete.blogspot.com/2010/10/sindicato-de-trabajadores-de-la.html

    Tenemos plena confianza que, El Ministerio Público como defensor del Derecho y la Legalidad, cuya autonomía otorga nuestra Constitución, DEBE contribuir con la Administración de Justicia en la DEFENSA DE LOS INTERESES PÚBLICOS, de esa forma fortalecerán el Estado y la Democracia; INVESTIGANDO ESTE ASUNTO HASTA SUS ULTIMAS CONSECUENCIAS, LA MISMA QUE CORROE VERGONZOSAMENTE, PONIENDO BAJO SOSPECHA A UNA DE LAS INSTITUCIONES BÁSICAS - EL MPC - DE NUESTRA PROVINCIA.

    Atentamente
    Madrid, 19 de octubre de 2010

    Walter F. Mendoza Petrovich
    Integrante del Congreso Virtual del Perú
    DNI Nº 50882116

    Fdo. Mario Ramos Lozano
    DNI Nº 5738868
    Fdo. Iván Sadit Mendoza Sánchez
    DNI Nº 50892383
    Fdo. Grover Juan Mendoza P.
    DNI Nº 52366745
    Fdo. Walter Roberto Panchano P.
    DNI Nº 02762857

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  2. Anónimo10:14 a. m.

    LA COMISION ESPECIAL DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS PARA FUNCIONARIOS, DICE QUE DEBE SER INTEGRADA POR FUNCIONARIOS DEL MISMO NIVEL JERARQUICO, A MI OPINION DEBE SER INTEGRADA POR LOS GERENTES DE LINEA O APOYO; TAMBIEN EL AREA DE SECRETARIA GENERAL.

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  3. Anónimo9:19 a. m.

    ESE ESPINOZA TAMBIEN TIENE CARA DE RATA JEJEJEJEJE

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